El artículo 22 de la ley del menor establece sobre la prohibición de venta a niños, niñas y adolescentes de:
a) Armas, municiones y explosivos.
b) Bebidas alcohólicas y tabaco.
c) Fuegos artificiales.
d) Billetes de lotería y sus equivalentes.
e) Material pornográfico de cualquier naturaleza.
f) Cualesquiera otras sustancias y productos cuyos componentes puedan causarles daños o dependencia física o síquica.
REALIDAD
Es lamentable que las disposiciones antes mencionadas solamente estén plasmadas en la ley y sin embargo no son cumplidas en nuestro país, observamos a diarios como algunos niños, niñas y adolescentes, acude a establecimientos comerciales donde se consume bebidas alcohólicas e inclusive no se debe permitir la entrada a estos establecimientos, los mismo ocurre en épocas navideñas donde la ley expresa claramente la prohibición a estos de fuego artificiales y se le permite la venta, hay que recalcar que existen lugares donde los niños tienen acceso a comprar billetes de lotería, no se suponen que está prohibido para ellos?
Los propietarios de dichos establecimientos estarán obligados a colocar en un lugar visible a la entrada del local la advertencia de prohibición de admisión de niños, niñas y adolescentes, pero esto solamente es un simple letrero, plasmado pero no cumplido.
En la actualidad, en la República Dominicana, nos encontramos ante una dura realidad donde es doloroso saber y reconocer que existen algunas disposiciones de la ley 136-03 para la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, donde solamente están rellanando la ley y esta no se ejecutan.
Nos preguntamos entonces?
Que dicen las autoridades competentes de nuestro país antes esta situación?
Donde están los Padres de estos niños, niñas y adolescentes?
Hasta cuando estas disposiciones serán un simple pedazo de papel?
Qué crees tú de esta situación?
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