jueves, 12 de julio de 2012







Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución, la ley o la presente convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
Convención Americana sobre Derechos Humanos. (Pacto San José), art. 25.

 “El proceso es una creación artificial, un instrumento que nace de la ley, es decir que carecía de existencia en el seno de la sociedad”

“Los procesos constituyen materia que solo puede ser reguladas mediante la ley. En tal sentido corresponde al legislador  elaborar la mejor técnica procesal para asegurar la debida protección de las libertades y los derechos fundamentales”
Hermógenes Acosta

Garantías y principios constitucionales del proceso civil:

Acceso a la Justicia

Debido Proceso

Derecho de Defensa

Derecho a Recurrir

Juez (a) Independiente

Juez (a) Imparcial

Derecho a obtener sentencia en tiempo razonable

Principio de Igualdad

Principio de Oralidad

Principio de Publicidad

Principio de Inmediación

Principio de Dispositivo

Principio de la cosa Juzgada

Principio de Celeridad

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